Detalle del Aviso
DECRETO N° 848/3 (MEyP) del 27/04/2026 -
DECRETO N° 848/3 (MEyP), del 27/04/2026.- EXPEDIENTE N° 409/110-M-2026.- VISTO la realización de la segunda edición "Expo Noa Famaillá Productivo", a desarrollarse durante los días 22,23,24 y 25 de mayo de 2026 en el Parque Industrial ubicado en la Ciudad de Famaillá, y CONSIDERANDO: Que dicha exposición constituye un evento destinado a impulsar el desarrollo industrial, comercial, agrícola y cultural del NOA. Que la realización de Expo Noa Famaillá Productivo tiene por finalidad fomentar el desarrollo productivo regional, promover la actividad turística y fortalecer los vínculos comerciales e institucionales en el ámbito del NOA constituyéndose en una herramienta estratégica para la dinamización de las economías locales. Que, en ese marco, resulta oportuno acompañar desde el Poder Ejecutivo Provincial la realización de este evento, mediante medidas fiscales concretas que potencien las actividades económicas que se ejerzan durante su realización. Que, en tal sentido, deviene oportuno establecer en cero por ciento (0%) las alícuotas de los Impuestos sobre los ingresos Brutos y de Sellos, respecto de las actividades ejercidas en el Parque Industrial ubicado en la ciudad de Famaillá y de los actos, contratos y operaciones que se formalicen durante el desarrollo y/o en el marco de la "Expo NOA Famaillá Productivo". Por ello y en mérito al Dictamen Fiscal N° 566 del 15 de abril de 2026 adjunto a fs. 11/12 de autos y de conformidad con las facultades establecidas por los Artículos 11 ° y 14° de la Ley N° 8467 (T.C. 2025) y su modificatoria, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Establécese la alícuota del cero por ciento (0%) en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, respecto de los ingresos provenientes de las actividades ejercidas dentro de las instalaciones del Parque Industrial ubicado en la ciudad de Famaillá, durante el desarrollo de la "Expo Noa Famaillá Productivo", entre los días 22 y 25 de mayo de 2026. ARTICULO 2°.- Establécese la alícuota del cero por ciento (O%)" en el Impuesto de Sellos, respecto de los actos, contratos y operaciones que se formalicen durante el desarrollo y/o en el marco de la "Expo Noa Famaillá Productivo", a llevarse a cabo en las instalaciones del Parque Industrial ubicado en la ciudad de Famaillá, entre los días 22 y 25 de mayo de 2026. ARTICULO 3°.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial. ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Producción. ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-