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DECRETO N° 927/7 (SES) del 30/04/2026 -

DECRETO N° 927/7 (SES), del 30/04/2026. VISTO, que se hace necesario autorizar a los empleados del Departamento General de Policía, Subcomisario Zamorano Paola Mercedes, Oficial Auxiliar Gramajo Elías Miguel y Cabo Beltrán Facundo Emiliano, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Santiago del Estero, el día 03 de mayo de 2026, con regreso el día 06 de mayo del mismo año; y CONSIDERANDO: Que la misión oficial tiene por objeto que los citados empleados participen del "Primer Encuentro Internacional sobre Cibercrimen", que tendrá lugar en la provincia de Santiago del Estero, los días 04 al 06 de mayo de 2026. Que la Dirección de Administración de la repartición, indica que la repartición policial cuenta con crédito presupuestario, para atender los gastos de viáticos, combustible y peajes, para el cumplimiento de la presente misión oficial. Que a efectos de cumplimentar con la aludida misión oficial, se estima procedente el dictado del pertinente instrumento legal. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1°.- Autorízase a los empleados del Departamento General de Policía, Subcomisario Zamorano Paola Mercedes, DNI Nº 32.589.342, Oficial Auxiliar Gramajo Elías Miguel, DNI N°39.140.790 y Cabo Beltrán Facundo Emiliano, DNI N°41.374.944, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de Santiago del Estero, el día 03 de mayo de 2026, con regreso el día 06 de mayo del mismo año, en atención a lo señalado precedentemente. ARTICULO 2°.- Déjase establecido que el traslado de la misión oficial autorizada en el artículo 1°, se realizará en el vehículo particular, marca Volkswagen, modelo Gol Trend, dominio: HQS053, asegurado en Superintendencia de Seguros de la Nación, Póliza de "Seguro N° 2468689, el que será conducido por el señor Beltrán Facundo Emiliano, DNI 41.374.944. ARTICULO 3°.- Déjase establecido que los daños ocasionados a terceros, transportados o no, o que pudieran ocasionarse, como así también toda la documentación pertinente (seguro, patente, etc.) corren por cuenta exclusiva del titular del vehículo. ARTICULO 4°.- Facúltase a la Dirección de Administración del Departamento General de Policía a proveer a los citados empleados los fondos correspondientes para gastos de viáticos, combustible y peajes (Tucumán - Santiago del Estero - Tucumán). ARTICULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 1° del presente Decreto, en concepto de viáticos, combustible y peajes, será imputado a las partidas presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N° 250 (Departamento General de Policía), del Presupuesto General 2026. ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad. ARTICULO 7º.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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