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DECRETO N° 926/7 (SES) del 30/04/2026 -

DECRETO N° 926/7 (SES), del 30/04/2026. EXPEDIENTE N° 1584/208-ADM-2026.- VISTO, que se hace necesario autorizar a los empleados del Departamento General de Policía, Personal Transitorio Policial: Agudo Damián Marcelo, Orquera Fabrizzio Lisandro, Rodríguez Hernán Daniel y Aguilar Tomas Nazareno, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de La Rioja, el día 03 de mayo de 2026, con regreso el día 16 de mayo del mismo año; y CONSIDERANDO: Que la misión oficial tiene por objeto que los citados empleados participen del "2° Curso Nacional de Incendio Estructural", organizado por la Dirección General de Cuerpos Especiales, que tendrá lugar en las instalaciones del Cuartel División Zona Sur, provincia de La Rioja, los días 04 de mayo al 15 mayo de 2026. Que a fs. 21 la Dirección de Administración de la repartición, indica que la repartición policial cuenta con crédito presupuestario para atender los gastos de pasajes, para el cumplimiento de la presente misión oficial. Que a efectos de cumplimentar con la aludida misión oficial, se estima procedente el dictado del pertinente instrumento legal. Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEC RETA: ARTICULO 1°.- Autorízase a los empleados del Departamento General de Policía, Personal Transitorio Policial: Agudo Damián Marcelo, DNI N° 38.249.227, Orquera Fabrizzio Lisandro, DNI N° 44.616.348, Rodriguez Hernán Daniel, DNI N° 43.027.278 y Aguilar Tomas Nazareno, DNI N° 44.582.464, a trasladarse en misión oficial, vía terrestre, a la provincia de La Rioja, el día 03 de mayo de 2026, con regreso el día 16 de mayo del mismo año, en atención a lo señalado precedentemente. ARTICULO 2°.- Facúltase a la Dirección de Administración del Departamento General de Policía a proveer a los citados empleados los fondos correspondientes para gastos de pasajes vía terrestre (Tucumán - La Rioja - Tucumán). ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 1° del presente Decreto, en concepto de pasajes, será imputado a las partidas presupuestarias específicas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N° 250 (Departamento General de Policía), del Presupuesto General 2026. ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad. ARTICULO 5°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

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